cobro-nomina

Si a usted le adeudan salarios, debe interponer una reclamación de cantidades, bien vía papeleta de conciliación previa a la vía judicial o bien extrajudicialmente, si bien ésta última no tiene efectos sobre el proceso si genera un nuevo plazo de prescripción, ya que el plazo para reclamar es de un año, que se irá renovando cada vez que usted reclame por algún medio las cantidades adeudadas.