Acuerdo tras la sentencia de un juez

Si una vez dictada sentencia que declare nulo o improcedente el despido, siempre y cuando la sentencia se halle recurrida- por lo que no es firme- las partes podrán alcanzar un acuerdo transaccional conciliatorio que para ser válido necesita de la ratificación por parte del Juez/ Jueza que conozca del asunto, siempre y cuando aquel no lesione los intereses de ninguna de las partes, dictando así AUTO por la que declare el fin de la relación laboral en los términos y con las indemnizaciones que formen parte del acuerdo.

En resumen, si la sentencia aún o es firme, las partes seguirán disponiendo de la solución al conflicto mediante acuerdo transaccional.